Mi querida Eva Santos López ha obtenido un gran reconocimiento como profesional. Y es que es una gran psicóloga y pedagoga.
Ha obtenido que su Centro esté en el Registro de Entidades, Servicios y Centros de carácter social de Castilla y León. Es decir, es un Centro Acreditado del Servicio de Promoción de Autonomía Personal como Servicio de estimulación cognitiva y de asistencia personal.
Pero… ¿y esto qué es?
Si tienes un hijo o menor tutelado al que se le haya reconocido por la Junta de Castilla y León como dependiente, puedes solicitar la ayuda económica de la Ley de Dependencia.
Si, como lo oyes.
Creo que por desgracia son muchas las familias que no cuentan con esta información y es lamentable. Gracias a esta ayuda, reciben un dinero para destinarlo a terapias o procesos que puedan ayudar los niños. Y es que no, la Ley de Dependencia no sólo es para personas mayores.
Así que no lo dudes, si cuentas ya con este reconocimiento, contacta con Eva Santos López pues es una gran profesional que cuenta con muchos años de experiencia y formación a sus espaldas. Seguro que podrá ayudarte y dar el servicio que tu hijo necesita.
No lo dudes, contacta con ella.
EVA SANTOS LÓPEZ
- C/ Estadio nº 7, entreplanta C. Valladolid.
- 675 753 689
- www.evasantoslopez.es
¿Cómo solicitar la Ley de Dependencia?
Lo primero que debes hacer es contar con un informe en el que conste el diagnóstico del menor.
Después, puedes buscar ayuda en el CEAS que te corresponda, para que te informen. O si lo prefieres, acudir directamente a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales que te corresponda. Allí has de rellenar el formulario que te den, entregar tu documentación (DNI, libro de familia, certificado histórico de empadronamiento con al menos 5 años de residencia en España) y el informe en el que conste el diagnóstico del niño.
Os dejo aquí el enlace con toda la información de la Junta de Castilla y León sobre Dependencia.
Posteriormente (en un plazo como máximo de 6 meses), te llamarán para que un trabajador social visite tu casa y conozca al menor y al menos un adulto. Se busca conocer a la familia, las circunstancias económicas, sociales y familiares, así como las necesidades del niño. (Por experiencia propia, es un mero trámite así que estar tranquilos, sólo buscan saber qué necesitas, no juzgar ni mucho menos).
A partir de esa primera valoración, la Administración tiene un plazo de 3 meses para enviaros a casa la resolución de vuestra petición (si es dependiente de grado I, II o III). Con esa carta en mano, tendrás que acudir a la Gerencia para que te incluyan en la lista de espera para valorar qué tipo de ayuda en concreto pueden prestarte (en este caso, dinero para terapias).
A partir de ahí, toca esperar a que se te conceda pues depende del retraso que pueda haber en todo lo relacionado con Dependencia.
Pero mi consejo personal, aunque tarden mucho, pedirlo. Por vuestro hijo. Toda ayuda que podáis prestarle a mayores, será un gran beneficio para él y para vosotros.